El Gobierno ha llegado a un acuerdo con los partidos políticos ERC y Bildu para aprobar en el Congreso de los Diputados la ley de vivienda. Este acuerdo ha introducido once novedades significativas en comparación con el texto que se presentó el año pasado. A continuación, se detallan dichas novedades:
- Los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de una propiedad correrán siempre a cargo del propietario, incluyendo la mensualidad extra que se suele cobrar.
- Se establece un límite máximo del 3% en la subida de todos los alquileres para 2024, y antes del 31 de diciembre de 2024, el INE definirá un nuevo índice de precios de referencia que no superará el IPC. Para ello, se creará un grupo de trabajo encargado de realizar este proceso.
- La ley permitirá que las comunidades autónomas regulen todos los alquileres en las áreas tensionadas, no solo los de los grandes tenedores. Habrá contención de rentas para todos, mediante la indexación a la renta anterior en vigor para los pequeños propietarios y mediante la aplicación del índice de contención de precios para los grandes tenedores.
- Se amplía a grandes tenedores personas físicas, y no solo jurídicas, la aplicación de la limitación de los precios referenciada al sistema de índices de precios en áreas tensionadas.
- Para declarar un área tensionada, bastará con que se cumpla una de estas dos condiciones: que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares, o que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
- Se reduce de diez a cinco el número de viviendas que debe tener un propietario en una misma zona tensionada para ser considerado un gran tenedor.
- Se podrán aplicar los límites del índice de referencia de precios a las nuevas viviendas que no hayan estado alquiladas en los últimos cinco años, si así se establece en la declaración de zona tensionada.
- Se podrá aplicar una prórroga extraordinaria de un año por situaciones acreditadas de vulnerabilidad social o económica en los contratos de arrendamiento de vivienda.
- Se incorporan nuevas medidas de protección contra los desahucios de familias vulnerables sin alternativa habitacional. Se aplicará un sistema de arbitraje que propicie el acuerdo entre arrendador y arrendatario. Si no hay acuerdo, se concederá el tiempo necesario para que los servicios sociales puedan ofrecer soluciones habitacionales y se habilitará al juez a establecer plazos superiores.
- Se elimina el IPC como índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos.
- Los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida aumentan del 30% al 40% en el suelo urbanizable (actuaciones de nueva urbanización) y del 10% al 20% en suelo urbano no consolidado.